miércoles, 11 de noviembre de 2009

EXIGENCIAS ECONOMICAS

Las políticas de ahorro y eficiencia energética se configuran como un instrumento de progreso de la Sociedad.

Cuantos más edificios sostenibles han sido proyectados y completados, más evidente es que los edificios sostenibles pueden ser rentables e incluso conseguirse, en ocasiones, dentro de los presupuestos de un edificio convencional.

En el siguiente apartado intentaremos fijar una serie de objetivos/exigencias tanto cualitativas como cuantitativas que procuraremos seguir en el transcurso del trabajo (limitaciones en el coste de ejecución, costes de uso y funcionamiento, costes de mantenimiento, costes de eliminación, etc.)
Así mismo, deduciremos las repercusiones económicas que tendrá nuestra propuesta (amortización, eficiencia energética resultante, ahorro, etc.)

En esta fase del trabajo aún no tenemos una propuesta definida; así que tomaremos como referencia costes de piscinas convencionales y de nueva obra en lugar de rehabilitaciones como es el caso; y así poder valorar en un futuro la diferencia global de costo entre nuestra solución y la solución convencional a la que estaremos sustituyendo.

2_ Importe estimado para la ejecución de la obra y disponibilidad económica para la inversión:

Un sistema de energías sostenibles requiere un fuerte desembolso de capital inicial, pero tras esta primera inversión, los gastos de gestión y mantenimiento serán muy reducidos.

Teniendo en cuenta que la superficie en la que se intervendrá rondará más de 1000 m2 y suponiendo el precio por metro cuadrado de unos 1.100 € según datos obtenidos, el presupuesto de ejecución de la obra se estima en algo más de un millón de euros. En dónde suponemos que la estructura + el vaso piscinas se llevarán entre un 35 – 40% del gasto, la totalidad de las instalaciones un 30% y los cerramientos, albañilería, aislamientos, acabados, etc. otro 30-35%

Datos a tener en cuenta:

- Superficie alrededor de 1000m2
- zonas o piscinas: 25x12,5 principal y zona niños.
- zona recepción
- zona vestuarios polivalentes
- se estima que las instalaciones de esta piscina podrán acoger entre 70 y 100 usuarios al mismo tiempo.






3_Incremento de coste por sostenibilidad:

Cuando la sostenibilidad es una parte integrante del edificio desde el principio, en vez de algo que se añade más tarde, se puede conseguir sin costes incrementales por causa de la sostenibilidad. Sin embargo, nuestro proyecto es de rehabilitación y no de nueva ejecución por lo que si que tendremos costes incrementales:
Supondremos por tanto un coste adicional de entre el 15 y 20%; cantidad que será posible amortizar en años posteriores.


4_Amortización y beneficios derivados:

Este tipo de proyectos son generalmente muy rentables a pesar del gasto inicial: En este caso, esta inversión inicial podría amortizarse en el plazo aproximado de 10 años.

Los beneficios alcanzables con el proyecto al incorporar numerosas características sostenibles serán los siguientes:

- Ahorro energético de hasta un 40% del consumo original
- Reducción en la contaminación: 36% / m2
- Reducción uso del agua: entre 30 – 50%
- Reducción residuos construcción: 68%
- Ahorro en el gasto de mantenimiento y funcionamiento
- Crear un alto nivel de apreciación medioambiental entre los ocupantes del edificio.
- Favorece estrategias ecológicas.
- Aumentar el tiempo de vida de las instalaciones o equipos, asegurando el trabajo en
las condiciones más adecuadas y evitando el sobredimensionamiento o sobrecarga.
- Mejorar la competitividad al reducirse los costes de producción.
- Mejorar la imagen al contribuir al bienestar social y respeto del medio ambiente mediante la reducción de emisiones de CO2

En resumen, suponemos unos ahorros de energía, ahorros de emisiones, ahorros de agua, ahorros de residuos de construcción, ahorros en la recepción, operación y mantenimiento e incrementos en la productividad y la salud. De este modo los beneficios económicos directos que se derivan de los ahorros conseguidos, se traducen en un factor media de rentabilidad alto; por lo que debe definirse como un grupo de inversiones extraordinariamente rentables.

5_Costes de mantenimiento:

Después del Coste de Construcción de una piscina, el coste de su mantenimiento, es una de las mayores preocupaciones. Éste es un factor muy variable y difícil de dar con una fórmula que ofrezca una respuesta aceptable para todos.

No obstante, dejando un poco aparte el trato y uso de la piscina, para unas condiciones EQUITATIVAS, es posible calcular con cierto grado de precisión cuanto puede costar el mantenimiento de una piscina.
Tomemos por ejemplo, que la piscina a calcular es una piscina que tiene unos 468m3:

Mantenimiento total:

Productos químicos (especificar tipos, aplicación y consumos) 5.000 €
Productos limpieza (especificar tipos, aplicación y consumos 3.000 €
Extintores y control (especificar tipos, aplicación y consumos 1.500 €
Vigilancia y seguridad (Especificar funciones y periodicidad) 1.200 €
Laboratorio (Especificar funciones y periodicidad ) 900 €
Control legionela (Especificar funciones y periodicidad ) 700 €
Averías, piezas y reparaciones menores 3.000 €
Mantenimiento total - 15.300 €
Canon de conservación 20.000 €
Por tanto los gastos anuales de mantenimiento de nuestra piscina podrían alcanzar los 35.300 €.



6_Ayudas y Subvenciones:

Según la información obtenida el Gobierno vasco asumirá entre el 20 y 30% del presupuesto de la obra.

Así mismo para incentivar las inversiones, se aplicarán apoyos públicos, que representan el 10.7%de total de inversiones previstas
Anexo : Subvención del País Vasco:
- Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en la presente convocatoria las personas físicas con capacidad de obrar, personas jurídicas, instituciones sin ánimo de lucro, corporaciones locales, comunidades de propietarios y cualquiera otra asimilable a las anteriores, radicadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi o que desarrollen su actividad en esta Comunidad.
- Aplicaciones subvencionables:
Instalaciones solares térmicas de baja temperatura, para producción de ACS, climatización, calentamiento de piscinas, agua caliente en procesos industriales o similar; de hasta 150 m2 de superficie útil de captador, siempre que su realización no sea de obligado cumplimiento tras la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación.
Instalaciones solares fotovoltaicas aisladas de la red eléctrica o mixta eólica-fotovoltaica, de hasta 20 kWp y, en su caso, de hasta 5 kW de potencia eólica.
Instalaciones de aprovechamiento de la biomasa para producción de energía térmica, para uso doméstico, industrial o en edificios, siempre que estén conectadas al sistema hidráulico de ACS y/o calefacción; de hasta 200 kW térmicos útiles.
Instalaciones híbridas Biomasa + Solar térmica, con las descripciones y límites fijados anteriormente para cada tipo de energía.
Instalaciones de intercambio geotérmico de hasta 200 kW térmicos útiles en calefacción y/o ACS.
Pequeñas instalaciones para obtención y aprovechamiento de biogas, proveniente de la digestión anaerobia de productos biodegradables, por una potencia eléctrica inferior a 100 kW.
Equipos de tratamiento en campo de biomasa; adquisición de maquinaria específica para el tratamiento de la biomasa, para uso energético, en campo a fin de facilitar su recogida y transporte.
Instalación de surtidores en estaciones de servicio, para su consumo en el sector transporte; biogás, biodiésel y de mezclas con obligación de etiquetado específico, tanto de bioetanol con gasolina como de biodiésel con gasoil.
- Actuaciones subvencionables según el convenio IDAE-EVE:
Instalaciones solares fotovoltaicas conectadas a la red eléctrica de hasta 20 kW de potencia nominal del inversor o suma de inversores, considerándose a efectos de las ayudas del presente programa los primeros 24 kWp del campo solar de la instalación; siempre que su realización no sea de obligado cumplimiento tras la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación.
Generadores eólicos de potencia inferior a 100 kW.
Microcentrales hidroeléctricas de potencia inferior a 100 kW.
Instalaciones de otras energías renovables y proyectos singulares.
No se podrán acoger al presente programa de ayudas, en ninguno de los apartados, aquellas instalaciones prescritas parcial o totalmente por el Código Técnico de la Edificación.
No se podrán acoger al presente programa aquellos proyectos que hayan recibido otorgamiento de ayuda en anteriores ediciones de programas de ayuda de EVE o- IDAE-EVE en alguno de los tres últimos años, con la excepción de aquellos que habiéndose presentado al "Programa IDAE-EVE 2008, de ayudas públicas a nuevos proyectos en las áreas de energía eólica, solar y biomasa", no obtuvieron ayuda del mismo por agotamiento de la partida presupuestaria, y cumplan las bases del presente programa.
-Cuantía máxima:
Estos beneficios son compatibles con cualesquiera otras líneas de apoyo institucionales que puedan ser de aplicación a los proponentes, con la limitación en caso de acumulación de ayudas del 40% del coste elegible.
La cuantía de las ayudas podrá alcanzar hasta un máximo de 100.000 € para un mismo beneficiario en una o varias instalaciones. Dos sociedades serán consideradas como un mismo beneficiario bien cuando estén participadas en una cantidad igual o superior al 25% del capital por una misma persona física o jurídica, bien cuando una participe en la otra en una cantidad igual o superior al 25% del capital.

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